TORNO PARALELO CONVENCIONAL con mesada y accesorio

TORNO PARALELO CONVENCIONAL

TORNO PARALELO CONVENCIONAL, con mesada incluida, MARCA “Productor”, Largo entre puntas 750m.m., Volteo 160m.m. Motor 380vc, variador velocidad, 220v. Caja t/ guitarra. Automático.
Elementos extras: 2 platos más; Torreta cambio rápido herramientas. Lunetas x 3. Origen Industria Nacional. Año 1980. Funcionando..

Por cuenta y orden del comitente, y por intermedio del Martillero Público, FLUCIA ADRIAN MP:05-1082, sáquese a la venta en pública subasta, y mediante el portal de subastar electrónica; el siguiente bien a saber.

DESCRIPCION DEL BIEN: TORNO PARALELO CONVENCIONAL, con mesada incluida, MARCA “Productor”, Largo entre puntas 750m.m., Volteo 160m.m. Motor 380vc, variador velocidad, 220v. Caja t/ guitarra. Automático. Elementos extras: 2 platos más; Torreta cambio rápido herramientas. Lunetas x 3. Origen Industria Nacional. Año 1980. Funcionando.

CONDICIONES DE VENTA: El comprador deberá abonara el ( 100% ) del valor de la compra del bien adquirido, en Pesos Argentinos, dentro de las ( 48hs.) de finalizada la subasta y por los medios de pagos informados por el portal, con más los honorarios profesionales por ley, del martillero ( 10% ), calculados sobre valor final de venta; y demás cargos y comisiones detallados por el Portal de subastas.

ENTREGA DEL BIEN: Una vez acreditado el pago total de la compra, el comprador se deberá contactar con el martillero para coordinar la entrega del bien en el depósito, que se realizará dentro de las 72horas de cancelado. Pasado los 10 días corridos y no habiendo sido retirado el bien adquirido por el comprador y/o persona autorizada por éste, se cobrará un costo de depósito equivalente al 10% del valor del bien, por día de mora. Producido el vencimiento del plazo de 10 días previsto para el retiro del bien, sin que el adquirente se avenga a hacerlo, se producirá por mora automática, el decaimiento de su derecho y la perdida de la suma depositada por el oferente en subasta, conforme el reglamento de la plataforma.
El Martillero una vez retirado el bien del depósito o enviado, no se responsabiliza por los daños o perjuicio que pudiera ocurrir con el mismo. El bien se entrega en el estado de uso, conservación, descripto y visto en que se encuentra y se publicó, exhibió, siendo responsabilidad del comprador revisarlo antes de la subasta, por lo que no se aceptan reclamo alguno sobre su estado, accesorios, componentes, deterioro, desperfectos, faltantes. El comprador al hacer posturas acepta de plena conformidad.
En caso que se solicite realizar el envío por fletes, comisionista, etc., se le pasara el costo del mismo, cuyos gastos totales serán a cargo del comprador, quién deberá hacer la transferencia del dinero por los gastos para luego realizar el envío.

INFORMACION IMPORTANTE: A) Para poder ofertas en la subasta, el interesado deberá loquearse y poseer un usuario, de esta manera podrá hacer las ofertas o posturas. El sistema efectuará el cálculo que deberá abonar, para el supuesto de que resulte adjudicatario de la subasta. Recuerde que su oferta es obligación de compra y pago y que ha aceptado el Reglamento para participar de Subastas Electrónicas.

CLÁUSULA PENAL POR FALTA DE PAGO: Artículo 17: Subastas Electrónicas quedará habilitado para reclamar al postor remiso, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su oferta, la suma que resulte de calcular el veinte por ciento (20%) del valor ofertado, más comisiones, impuestos y costos, en ejercicio de lo dispuesto por los Artículos 974 y 790 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación. Para mayor claridad se transcriben las partes pertinentes, a saber:

ARTÍCULO 974.- Fuerza obligatoria de la oferta. La oferta obliga al proponente, a no ser que lo contrario resulte de sus términos, de la naturaleza del negocio o de las circunstancias del caso.

ARTÍCULO 790.- Concepto. La cláusula penal es aquella por la cual una persona, para asegurar el cumplimiento de una obligación, se sujeta a una pena o multa en caso de retardar o de no ejecutar la obligación.

EXHIBICION E INFORMES: Coordinar con el Martillero. Días 2,4,5 de Mayo de 14hs a 18hs, y demás días de la subasta, en Mercedarios n°1480, entre calle Porfirio Seppey y calle Incahuasi, Villa María, Córdoba, Villa María, Córdoba. Llamadas y wasap en horarios comercial. Tel:353-4126231

Foto de perfil de Adrian Flucia

Martillero: Adrian Flucia

Matrícula: 05-1082

Matrícula pública: 05-1082

Teléfono: 353-4126231

TORNO PARALELO CONVENCIONAL con mesada y accesorio

TORNO PARALELO CONVENCIONAL

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Elementos extras: 2 platos más; Torreta cambio rápido herramientas. Lunetas x 3. Origen Industria Nacional. Año 1980. Funcionando..

Por cuenta y orden del comitente, y por intermedio del Martillero Público, FLUCIA ADRIAN MP:05-1082, sáquese a la venta en pública subasta, y mediante el portal de subastar electrónica; el siguiente bien a saber.

DESCRIPCION DEL BIEN: TORNO PARALELO CONVENCIONAL, con mesada incluida, MARCA “Productor”, Largo entre puntas 750m.m., Volteo 160m.m. Motor 380vc, variador velocidad, 220v. Caja t/ guitarra. Automático. Elementos extras: 2 platos más; Torreta cambio rápido herramientas. Lunetas x 3. Origen Industria Nacional. Año 1980. Funcionando.

CONDICIONES DE VENTA: El comprador deberá abonara el ( 100% ) del valor de la compra del bien adquirido, en Pesos Argentinos, dentro de las ( 48hs.) de finalizada la subasta y por los medios de pagos informados por el portal, con más los honorarios profesionales por ley, del martillero ( 10% ), calculados sobre valor final de venta; y demás cargos y comisiones detallados por el Portal de subastas.

ENTREGA DEL BIEN: Una vez acreditado el pago total de la compra, el comprador se deberá contactar con el martillero para coordinar la entrega del bien en el depósito, que se realizará dentro de las 72horas de cancelado. Pasado los 10 días corridos y no habiendo sido retirado el bien adquirido por el comprador y/o persona autorizada por éste, se cobrará un costo de depósito equivalente al 10% del valor del bien, por día de mora. Producido el vencimiento del plazo de 10 días previsto para el retiro del bien, sin que el adquirente se avenga a hacerlo, se producirá por mora automática, el decaimiento de su derecho y la perdida de la suma depositada por el oferente en subasta, conforme el reglamento de la plataforma.
El Martillero una vez retirado el bien del depósito o enviado, no se responsabiliza por los daños o perjuicio que pudiera ocurrir con el mismo. El bien se entrega en el estado de uso, conservación, descripto y visto en que se encuentra y se publicó, exhibió, siendo responsabilidad del comprador revisarlo antes de la subasta, por lo que no se aceptan reclamo alguno sobre su estado, accesorios, componentes, deterioro, desperfectos, faltantes. El comprador al hacer posturas acepta de plena conformidad.
En caso que se solicite realizar el envío por fletes, comisionista, etc., se le pasara el costo del mismo, cuyos gastos totales serán a cargo del comprador, quién deberá hacer la transferencia del dinero por los gastos para luego realizar el envío.

INFORMACION IMPORTANTE: A) Para poder ofertas en la subasta, el interesado deberá loquearse y poseer un usuario, de esta manera podrá hacer las ofertas o posturas. El sistema efectuará el cálculo que deberá abonar, para el supuesto de que resulte adjudicatario de la subasta. Recuerde que su oferta es obligación de compra y pago y que ha aceptado el Reglamento para participar de Subastas Electrónicas.

CLÁUSULA PENAL POR FALTA DE PAGO: Artículo 17: Subastas Electrónicas quedará habilitado para reclamar al postor remiso, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su oferta, la suma que resulte de calcular el veinte por ciento (20%) del valor ofertado, más comisiones, impuestos y costos, en ejercicio de lo dispuesto por los Artículos 974 y 790 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación. Para mayor claridad se transcriben las partes pertinentes, a saber:

ARTÍCULO 974.- Fuerza obligatoria de la oferta. La oferta obliga al proponente, a no ser que lo contrario resulte de sus términos, de la naturaleza del negocio o de las circunstancias del caso.

ARTÍCULO 790.- Concepto. La cláusula penal es aquella por la cual una persona, para asegurar el cumplimiento de una obligación, se sujeta a una pena o multa en caso de retardar o de no ejecutar la obligación.

EXHIBICION E INFORMES: Coordinar con el Martillero. Días 2,4,5 de Mayo de 14hs a 18hs, y demás días de la subasta, en Mercedarios n°1480, entre calle Porfirio Seppey y calle Incahuasi, Villa María, Córdoba, Villa María, Córdoba. Llamadas y wasap en horarios comercial. Tel:353-4126231

Foto de perfil de Adrian Flucia

Martillero: Adrian Flucia

Matrícula: 05-1082

Matrícula pública: 05-1082

Teléfono: 353-4126231

Ubicación

Dirección: Mercedario 1480

Exhibición: 2,4,5 de Mayo y demás día en subasta de 14hs a 18hs.

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